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VULNERACION AL DERECHO DE DEFENSA POR INCORRECTA NOTIFICACION - NULO EL PROCESO DE ALIMENTOS-TC

El Tribunal Constitucional Peruano, en sentencia pronunciada en febrero pasado del presente año que concluye 2021, emitió sentencia mediante la cual anula TODO UN PROCESO DE ALIMENTOS que se llevó a cabo en la Ciudad de Huancayo, debido a que a la demandada nunca le fue notificada la demanda y anexos a su verdadero domicilio, habiéndosele notificado en un domicilio que señalo la demanda; lugar en el cual nunca habito la demandada conforme a la razón que expidió el notificador judicial, según argumentos de la propia sentencia.

De esta manera quedo acreditado que a la demandada no se le fue notificada la demanda consecuencia no pudo asistir a la audiencia única y se expidió sentencia, es en ese estado en el que la recurrente constitucional interpone nulidad de acto procesal y el juzgado de paz letrado declara la nulidad de los actos procesales, pero; solo hasta el estado en el que se expido la sentencia, dejando en claro, que si bien no se le notifico la demanda y anexos, y no pudo acudir a la audiencia única, pero que se le notifica ahora la sentencia a fin de que en apelación pueda hacer valer sus derechos por deficiente notificación de la demanda, en ese estado es que demanda PROCESO CONSTITUCIONAL DE AMPARO y el resultado es que el TC considero que se ha vulnerado sus derechos de defensa por indebida notificación, declarando nulo todo lo actuado hasta la notificación de la demanda.

Estos hechos son muy comunes en los procesos de alimentos en los que se notifica erradamente al demandado a un domicilio que no habita dejándose la notificación DEBAJO DE SU PUERTA en una dirección que no habita o que nunca figuró como su domicilio en RENIEC.

Es necesario destacar el fundamento discordante de los Magistrados Ledesma Narvaéz el cual señala que NO SE LESIONO EL DERECHO A LA DEFENSA de la recurrente y que la demanda debió ser desestimada, toda vez que al haberse otorgado la posibilidad de apelar la sentencia y siendo el fundamento de apelación la incorrecta notificación, no hubo indefensión al derecho de defensa, de similar posición tuvo el Magistrado Ramos Nuñez. Acá dejamos el contenido de la sentencia y la resolución del Juzgado de Paz en el proceso de alimentos, a fin de que se pueda obtener un mejor estudio del caso.




 
 
 

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